jueves, 30 de abril de 2009

Hacia una educación desde una perspectiva del sujeto

Autora: Jessica Valenzuela

INTRODUCCIÓN

Teniendo en cuenta los tres pilares sobre los que se apoya el seminario: educación, cárceles y derechos humanos, el objetivo del trabajo (y tal como el título lo expresa) es realizar una recuperación analítica de las cuestiones trabajadas en el espacio del seminario fundamentalmente desde una perspectiva del sujeto.
En esta línea realizaré el planteamiento del problema, tomando como referencia el trabajo individual basado en los Documentos de trabajo. 1. Principios básicos en el ámbito de la intervención penitenciaria. 2. La importancia (y la necesidad) de la educación y de la formación formal y no formal (reglada y no reglada) en el ámbito penitenciario, realizado en dicho espacio. Partiendo del interrogante en torno a qué sucede en la práctica concreta con la existencia de la normativa tanto nacional como internacional.
Con posterioridad desarrollaré el marco teórico en base a los diferentes autores trabajados en el seminario, incorporando los aportes del libro El Problema Carcelario Limites del castigo de Raúl Salinas.
Para plantear la propuesta, utilizaré como disparadora una de las clases, particularmente aquella en la que estuvo la Lic. Valeria Frejman (Programa de Educación en Establecimientos Penitenciarios del Ministerio de Educación de la Nación) en la cual invitaba a plantear el análisis desde una mirada que incorpore la perspectiva de los propios sujetos.
Para finalizar realizaré una conclusión intentando retomar las cuestiones relevantes del trabajo enfatizando básicamente en la propuesta, e invitando a la reflexión y al análisis.
En este sentido considero que el justificativo de la temática a abordar tiene que ver básicamente con el rol que ocupa o que debería ocupar la educación dentro de las cárceles. Tal como lo trabajamos a lo largo del seminario, creo que posibilitaría que los sujetos puedan pensarse como tales, en tanto la educación motoriza a que puedan pensarse en todo lo que su connotación refiere; es decir como sujetos cognoscentes, con potencialidades, activo, participe, con voz, con posibilidad de proyectar, es decir “sujeto con derechos”. Retomando a Scarfó “la educación, como proyecto de vida, es un instrumento esencial para el desarrollo personal y la participación en la sociedad, en la medida que satisfaga las necesidades educativas de los sujetos de la acción educativa y sea una garantía real de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.”
Asimismo considero que es fundamental instalar, generar y abrir espacios de debate sobre el tema, en este punto creo que es llamativo que en el seminario realizado haya una escasa presencia de maestros, al menos es una inquietud personal, ya que tenia la sensación de que el mismo estaba pensado justamente para ellos.
Esto no implica una crítica puntual hacia la tarea docente, sino que me parece esencial poder preguntarnos qué está pasando al interior de los colectivos profesionales. Por eso, entiendo que es fundamental analizar nuestras propias intervenciones intentando pensar cuál es nuestra intencionalidad, qué concepción de educación y de sujeto tenemos, entre otras.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El texto mencionado con anterioridad plantea la existencia de una normativa nacional e internacional, la cual estaría garantizando que las personas que se encuentran detenidos/as gocen de diferentes derechos tales como: salud, educación, higiene, alimentación, entre otros.
En base a todo lo trabajado en el espacio del seminario, me surgen ciertos interrogantes en torno a cuáles son las condiciones reales en las que se encuentran los/as detenidos/as, y cómo ello repercute en el espacio educativo dentro de las cárceles. Desde este punto es que considero necesario estar pensando qué pasa con esos derechos que aparecen desde lo discursivo y de manera abstracta y al mismo tiempo poder estar analizando cómo aparece esa formulación en las prácticas concretas.
Es importante plantear el debate en torno a qué está pasando en las cárceles, en qué condiciones se encuentran las personas y sobre todo qué está pasando con esos derechos que existen pero que evidentemente no se cumplen y en todo caso quién debería de garantizarlos.
Insisto en que quizás puedan parecer preguntas obvias, pero considero que desde ahí hay que comenzar el planteo, desde eso que aparece como obvio, pero que en realidad no se está cumpliendo. Sobre todo para poder pensar nuestra intervención y porqué no en formas alternativas que posibiliten el cumplimiento de esos derechos que aparecen vulnerados.
Cabe destacar que el planteo no esta hecho en términos de dicotomías, ni de causa-consecuencia, sino a modo de poder realizar un análisis a partir de los interrogantes que van apareciendo. En este sentido el objetivo del trabajo es brindar un aporte, teniendo en cuenta que existe dicha normativa, la cual se constituye como herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento de los derechos.

MARCO TEÓRICO

Según expresa Salinas la concepción de preso que aparece en la Constitución establece: que todas las personas sometidas a encarcelamiento no pierden su capacidad o condición de ciudadanos y son sujetos titulares de los mismos derechos que poseen los habitantes no sometidos a encierro.
Entonces, se puede decir que lo único que tienen limitado las personas que se encuentran detenidos/as es la libertad ambulatoria, esto significa que no tiene que haber una privación adicional de los derechos.
En este sentido Salinas sostiene que “La brecha existente entre el programa normativo y la cruda violenta realidad se despliega amplia y profundamente como un abismo” (2006, Pág. 27). El planteo apunta a las condiciones en las que se encuentran las personas en las cárceles, ya sea en lo referente a la falta de recursos tanto humanos como materiales, a las malas condiciones edilicias, al hacinamiento, a las condiciones insalubres que inciden en la salud, entre otras.
Coincido con el autor, quien plantea en que entre estas dificultades se puede incluir a la educación, por ser escasos tanto los servicios como las oportunidades que se les ofrecen.
Por lo general cuando esas instancias se presentan, se dan enmarcadas en las condiciones antes mencionadas, las cuales inciden directamente en la educación pública en la cárcel. Muchas veces a la escuela se le designan espacios compartidos, limitados en el tamaño, lo que ocasiona que mucha gente no pueda concurrir a las clases. Asimismo los problemas edilicios que provocan que no se le esté dando un lugar relevante a la institución escuela. Por otra parte, la falta de recursos económicos hace que no cuenten con los elementos necesarios para llevar adelante las actividades escolares, siendo muchas veces los propios maestros quienes consiguen los materiales para trabajar en los espacios áulicos.
La falta de recursos humanos también tiene su efecto, ya que por un lado, suelen haber pocos guardias, por lo que no se garantiza el acceso diario a la escuela, y por otro lado, la necesidad de fortalecer los mecanismos de asignación del personal docente.
Otro de los aspectos a destacar es que no toda persona que quiera acceder a la educación formal lo puede hacer, ya sea por insuficiencia de vacantes, de personal u otro, por lo que muchas veces pasan a ser “elegidos” rara vez con criterios pedagógicos, violando el derecho de educación para todos.
Asimismo los contenidos pedagógicos de la escuela en el afuera y en el adentro se diferencian, debido a que la curricula, calidad, y validez no suele ser la misma, producto del desinterés y abandono de los sujetos, muchas veces no pensados ni reconocidos como tales.
En este sentido es fundamental estar pensando en la calidad de la educación, por ello me parece importante hacer referencia a cuatro características fundamentales a las que alude Scarfó (citando a Tomasevski) pensando en dicha calidad: accesibilidad, es decir que las personas accedan a la educación en tanto derecho humano que le es inherente. Sobre todo teniendo en cuenta que existen diferentes obstáculos, por ejemplo el tema de la documentación y los traslados que muchas veces inciden negativamente, imposibilitando la continuidad en los estudios. Se debería de garantizar no sólo el acceso sino también la permanencia y el egreso; la asequibilidad vinculada a la disponibilidad, ya que tiene que haber diversidad en la oferta educativa; la adaptabilidad, en relación a pensar la educación teniendo en cuenta tanto al propio sujeto como al contexto en que se encuentra; y la aceptabilidad, es decir que los contenidos y métodos sean aceptables a la cuestión de derechos humanos.
Por otra parte, considera que es primordial dar cuenta de cuáles son las casarcteristicas de la institución carcelaria. En este punto, hay que tener en cuenta que se encuentra y tiene peso lo instituido. Tal como sostiene Goffman se trata de una institución caracterizada por una rutina donde las personas realizan todas las actividades que hacen a la vida diaria, en un mismo espacio y bajo una misma autoridad. En este espacio cerrado coexisten dos comunidades bien diferenciadas; la de los funcionarios penitenciarios por un lado y la de los internos por otro.
La persona al ingresar a la institución tiene reservados ciertos ritos de iniciación que marcan un pasaje. Estos ritos funcionan simbólicamente, haciendo una marcación sobre la identidad de la persona, le transmite que a partir de ese momento dejará de ser quien era para ser otra cosa, se trata de la marcación de un antes y un después. De esta manera, las instituciones producen una barrera entre los sujetos que ingresan a ella y el afuera (el exterior), esto es lo que el autor denomina “Primera mortificación del yo”.
En una segunda instancia se encuentra el tener que convivir con las demás personas que se encuentran en la institución. Se trata de una exigencia, de aprender una nueva forma de vivir y de convivir, en donde no existen los espacios privados, que le sean significativos a la persona. De este modo, el sujeto queda en una situación de desamparo frente a la institución, tal como sostiene el autor “las instituciones arrasan con el yo y con la identidad del sujeto”.
Al respecto Valverde Molina, Jesús afirma: “En la cárcel, la capacidad de elección del individuo queda reducida a la mínima expresión.” (1997, Pág. 110). El autor explica que las personas no puede decidir ni planificar el tiempo y el lugar donde desean estar en cada momento, ya que en la mayoría de las situaciones es la propia institución quien toma estas decisiones.
Se trata de una “cotidianizacion de la vida”, la cual esta centrada en lo inmediato, lo cual tiene una clara incidencia en las posibilidades que tengan de poder tener planes a futuros.

PROPUESTA

A partir de lo desarrollado, es que entiendo que es importante estar pensando en formas alternativas para transitar por este tipo de instituciones, es decir, pensar en otras posibilidades. Tal como sostiene el Prof. Ricardo Bizarra: “…generar un espacio abierto en una institución cerrada”.
En este sentido, es que entiendo a la educación como instrumento central para el desarrollo de la personalidad humana, y tal como sostiene el Lic. Francisco Scarfó: “…la educación en tanto derecho es inherente a la persona y a la vez, opera como derecho “llave”, ya que su realización y goce “abre” el conocimiento de otros derechos” (2006, Pág. 19)
Desde esta perspectiva, resulta interesante poder preguntarnos nosotros mismos en qué educación estamos pensando, cuál es nuestra intencionalidad y en este sentido uno de los interrogantes discutido y debatido en el espacio de seminario en torno al para qué de la educación en las cárceles. Como así también preguntarnos cómo estamos viendo a los sujetos, fundamentalmente si realmente los estamos considerando y reconociendo como tales.
Es fundamental poder pensar la educación en términos del sujeto. Y en esta línea rescato los aportes de la Lic. Valeria Frejtman, en torno a pensar la educación como acto político, vinculado a la idea de proyecto social y a su vez como acto psíquico, ya que posibilita la recuperación de la identidad y la construcción de la propia subjetividad.
Coincido con la licenciada en poder recuperar la noción de vida cotidiana a la que alude Heller, partiendo de entender a los sujetos como particulares con una vida particular, que a su vez los constituye como sujetos sociales.
Teniendo en cuenta las condiciones de encierro, las cuales hacen que el sujeto se encuentre en determinadas condiciones al momento de ir a la escuela poder pensar en un espacio pedagógico que permita recuperar los espacios de construcción de subjetividad. En este sentido Frejtman plantea tres cuestiones importantes: primero y teniendo en cuenta que muchas veces las personas van a al escuela porque quieren salir del pabellón o simplemente “pasar el rato”, pensar en la posibilidad de una restitución del tiempo y el espacio, ya que la construcción de la subjetividad se da en el día a día. La segunda cuestión, vinculada muy de cerca con la primera, es organizar ese espacio y ese tiempo, en función de un proyecto colectivo, pensando siempre en una educación desde la perspectiva del sujeto. Y por último, la educación puede tener una función y un sentido en términos de lo que es la vida pos cárcel. En este sentido, pensar en cuál es el contenido para poder construir un proyecto de vida.
También es importante preguntarnos cuál es el rol de los maestros. Coincido con la Lic. Frejtman, ya que hay que apuntar a la construcción de colectivos docentes, “no se puede pensar en soledad”. Es preciso poder plantear la posibilidad de un espacio en donde se discutan sus trabajos pedagógicos, en función de pensar en un proyecto pedagógico colectivo.
En base a lo planteado es fundamental estar pesando en la educación desde una perspectiva de derechos humanos.
Partir de pensar a la educación no como tratamiento, ni como acción terapéutica o correctiva, sino como derecho posibilitador del desarrollo integral de la persona. Hay una tendencia a idealizar la educación, considerándola como salvación. El desafió está en poder pensarla como un instrumento que reduce la vulnerabilidad y trabajar para recuperar los espacios de construcción de subjetividad.

CONCLUSIÓN

Tal como sostiene Salinas: “En los hechos, las prisiones no están orientadas más que a producir algún tipo de disciplina, orden y seguridad. El hacinamiento, el ocio, la violencia, la arbitrariedad, el abuso de poder, la falta de control, la corrupción y la tortura siguen marcando el paisaje interior de nuestras cárceles en los inicios del siglo XXI.” (2006, Pág.30)
El desafió esta en apostar a una educación desde una perspectiva de derechos humanos, posibilita que las personas reciban una educación sistemática, amplia y de calidad. A su vez permite pensar y reconocer a las personas como sujetos activos, pensantes, con palabra, con una vida particular y con un proyecto de vida particular, en fin un sujeto con derechos. Es obligación del Estado garantizar que esto se esté cumplimiento.
Es importante y enriquecedor poder estar planteándonos preguntas, generar espacios de discusión y debate para poder pensar colectivamente el para qué de la educación en la cárcel. Poder pensar en los propios sujetos y en esto insisto y coincido con la Lic. Frejtman en el sentido de “pensar la educación en términos del sujeto”, como así también preguntarnos cuál es nuestra intencionalidad, qué queremos generar en ellos y por qué no estar incluyéndolos en esa búsqueda dando lugar y valorizando su palabra.
Por otra parte, considero que tendemos a tomar el camino más fácil en ciertas cuestiones. Por ejemplo, planteamos “la no discriminación”, “la igualdad de condición”, “de derecho”, pero la mayoría de las veces nos quedamos sólo con eso, con lo discursivo. Por eso creo que es necesario comenzar a actuar, a poner en práctica.
Asimismo siempre hablamos primero de un “otro” y siempre estigmatizado como diferente, pero ¿por qué no plantearlo a la inversa? También planteamos que vivimos en una sociedad prejuiciosa, como si la sociedad fuera algo ajeno a nosotros, cuando en realidad formamos parte de la misma. Es fundamental comenzar a incluirnos, es decir, “formamos parte de una sociedad en la que somos prejuiciosos”.
Creo que estas cuestiones no son sencillas ni fáciles de lograr, pero tampoco lo veo como algo imposible. Empezar a cuestionarnos estos aspectos es una buena manera de comenzar.

Una mirada a la educación en cárceles desde los Derechos Humanos

Autoras: Bravo Ruffinatti, Luciana.
Figueira, Trinidad.
Romero, Samanta.

Introducción.

El presente trabajo tiene el objetivo de analizar la educación pública en el contexto de encierro en la actualidad y los aportes el Trabajo Social puede realizar.
Pensando al Trabajo Social desde la perspectiva que plantea Karsz , donde toma a las ideologías como su materia prima en tanto las mismas se encarnan en discursos, en prácticas, en relaciones sociales y en instituciones. En este sentido, el trabajador social cuestionará o confirmará las ideologías sociales de las que cada sujeto es portador, por lo tanto su intervención nunca será neutra.
A partir de esta consideración, pensamos al trabajo social como sujeto de la acción educativa, que puede aportar a la educación entendida como derecho humano fundamental. Esto nos lleva a interrogarnos ¿qué educación queremos dentro de las cárceles?.
En esta dirección, creemos que el fin de la educación en cárceles debería ser la reducción de la vulnerabilidad social de las personas privadas de la libertad, aportando al desarrollo personal y social, lo que fortalecería la dignidad de la persona. También apunta a garantizar el ejercicio del derecho a la educación, destinado a reducir las desigualdades, el cual serviría como “llave” para el conocimiento de otros derechos humanos fundamentales.
Dentro de la educación en cárceles es indispensable la educación en derechos humanos, que implica la educación en valores como: el respeto a la vida, a la tolerancia, la vida democrática, la no discriminación, etc., empodera a las personas y fortalece el respeto y la protección a los derechos humanos y libertades fundamentales.

Desarrollo.

Para comenzar nuestro análisis debemos realizar una breve caracterización de las instituciones carcelarias, constituyéndose como lo menciona Goffman en instituciones totales.
Las mismas se describen como: un lugar de residencia, donde un elevado número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un período apreciable de tiempo, comparten en su reclusión una rutina diaria, administrada formalmente. Donde la persona es despojada de sus pertenencias no solo materiales sino también es desposeído de todo aquello que constituía su cotidianeidad, es decir, se lo despersonaliza, siendo sustraída parte de su identidad.
Cada etapa de la vida diaria de las personas privadas de la libertad se lleva a cabo en compañía de un gran número de otros, con el mismo trato y para hacer juntos las mismas cosas. Todas las actividades están estrictamente programadas, en una secuencia que se impone desde arriba por normas explícitas y por un cuerpo de funcionarios.
En una institución total todos los aspectos de la vida suceden en el mismo lugar y bajo la misma autoridad. Las diferentes actividades obligatorias se integran en un único plan racional, concebido para la consecución de los objetivos particulares de la institución.
Un aspecto que señala Goffman con mucho detalle es el de las agresiones al yo, cómo se mortifica habitualmente y por distintos procedimientos la identidad subjetiva del interno: anulación del rol social, obediencia ciega, humillaciones en el trato con los superiores, desposeimiento de posesiones u objetos personales, alimentación reglada, imperativos de confesar la vida privada en público, control de movimientos (inmovilización, celdas especiales), violaciones de la intimidad, castigos y amenazas, malos tratos, etc.
La cárcel como institución total, es profundamente limitadora, no sólo para la mente y la vida social de la persona privada de su libertad, sino también para su cuerpo, puesto que el ser humano no está hecho para vivir en cautividad; pudiendo detectar, tomando como referencia lo planteado por Salinas, R . consecuencias somáticas y psicosociales:
Una primera consecuencia son las alteraciones sensoriales, como ser, la visión, la audición, el gusto y el olfato. El sujeto al transitar por este tipo de instituciones experimenta lo que se denomina ceguera de prisión, provocada por la permanente ruptura del espacio, los impedimentos a la evasión, que impide la fuga, y la visión a distancia. El recluso se encuentra continuamente con obstáculos a la propia visión que no le permiten ver más allá de unos pocos metros, situación que se agrava aun más con el hacinamiento. Otra consecuencia somática, son las alteraciones de la imagen personal. En primer lugar, el preso llega a perder la imagen de su propio cuerpo, puesto que existe una carencia total de intimidad, que tiene graves consecuencias en la propia identidad. La mala imagen que el preso tiene de sí mismo afecta en su cuidado personal (sanitario) hasta llega a sentir que su propio cuerpo le es ajeno.
Por otra parte las consecuencias psicosociales, llevan a la exageración de las situaciones, puesto que un ambiente total supone que toda la vida del sujeto se estructura en torno a ella, su tiempo, la disposición de el, etc. Todo ello lleva a que cosas y situaciones que en otro lugar carecerían de importancia, aquí cobren sentido y gran relevancia derivando a situaciones conflictivas.
Otra de las consecuencias es la autoafirmación agresiva o sumisión frente a la institución vista como una institución poderosa frente a la cual el sujeto se vivencia a sí mismo como débil y para mantener su autoestima, se ve obligado a autoafirmarse de manera agresiva o por sumisión. Los mecanismos adaptativos que utilice el preso para sobrevivir en la cárcel residirán según su proceso de vida, de las posibilidades de encontrar refuerzos consistentes en la propia prisión en función de cómo se incluya en el grupo de presos, relacionado, en algunos casos, por el tipo de delito, puesto que en la cárcel hay delitos prestigiados y delitos que no sólo denigran al autor, sino que lo convierten en un marginado en el propio contexto, y sobre el que suelen recaer muchas de las agresiones.
Otra de las consecuencias, es la ausencia de expectativa de futuro. Si el sujeto no puede controlar su presente, menos puede planificar su futuro, ya sea por la imprevisible dirección de su vida en la cárcel, él no es capaz de diseñar su futuro ni planificar su tiempo.
También como consecuencia psicosocial se le suma la pérdida de los vínculos, puesto que la entrada implica el aislamiento respecto de todo lo que se dejó fuera, sea familia o amigos. Además de la noción de la realidad exterior, sus recuerdos se irán distorsionando, hasta incluso sus fantasías.
El lenguaje, dentro del contexto psicosocial, hace al campo de comunicación y de relación entre los presos donde se va asumiendo determinados términos verbales propios del ámbito penitenciario, donde se crean y recrean modos nuevos de interacción con el otro.
En la actualidad continúan operando, como plantea Foucault, las llamadas “máximas universales de la buena condición penitenciaria” (principio de corrección, de la clasificación, de la modulación de las penas, del trabajo como obligación y como derecho, de la educación penitenciaria, del control técnico de la detención y de las instituciones), pero las mismas tendieron a acentuarse debido al crecimiento de la población carcelaria. Las personas privadas de la libertad pertenecen en su mayoría a un sector marginado de la sociedad, predominantemente jóvenes, constituyendo uno de los grupos sociales más desprotegidos y en situación de alta vulnerabilidad, por esta situación no pueden ejercer plenamente sus derechos tales como: educación, salud, cultura, trabajo, etc.
Lo antes señalado tiende a consolidar lo que el autor denomina “las críticas de la prisión”, la cual no ha cumplido con el fin de corregir los “comportamientos desviados” de los prisioneros, sino que acentúa la criminalidad, provocando en la mayoría de los casos, reincidencia; por otro lado el sistema penitenciario, si bien ha sufrido reformas se mantuvo fiel en sus principios. Las soluciones a los fracasos del sistema se han buscado siempre dentro de un mismo proyecto, que ha sido la reactivación y la perpetuación de las técnicas penitenciarias. Entonces se podría suponer que la prisión no estaría destinada a suprimir estos fracasos, sino a organizar y distribuir los castigos.
Este sistema continua vigente para el mismo grupo poblacional como una forma de “criminalizar la pobreza”, ya que históricamente su fin ha sido concederles la libertad a algunos y someter al castigo a otros, de excluir a una parte y hacer útil a otra. No sólo se trataría de hacer dóciles a quienes están dispuestos a transgredir las leyes, sino que tiende a organizar, distinguir, distribuir y utilizar la pena.
“La cuestión penal, latiendo en el seno mismo de la cuestión social (como complejo de dispositivos, prácticas, discursos y normativas) pone de manifiesto los modos en que la aparente igualdad jurídica choca abruptamente con la desigualdad inherente al modo de producción capitalista”.
Dentro del sistema carcelario en la actualidad, la educación es entendida como una “reeducación” bajo los principios de la moral, que tiene como objetivo la “resocialización” y “readaptación” del presidiario en defensa del resto de la población; y el conjunto del sistema de castigo como una cuestión de educación, siendo responsabilidad del poder público, en pos de su formación general y profesional, tendiendo a mejorar a los individuos.
En estos términos, la educación no es entendida como parte de las necesidades de los sujetos ni mucho menos como un derecho, sino como una necesidad de defensa del orden social. Con frecuencia la misma es considerada dentro del ámbito carcelario como una herramienta de la tecnología carcelaria, como por ejemplo una manera de mantener y pasar el tiempo, de facilitar el control y de preservar la tranquilidad institucional. Esta concepción sobre la educación no considera a la persona privada de su libertad como un ser humano en busca de su pleno desarrollo.
En contraposición al sistema vigente, creemos que en el proceso educativo, se debería tener en cuenta al sujeto con sus particularidades, con su historia de vida, con sus pensamientos y sentimientos, y con todas aquellas experiencias que trae consigo, ya que éste es un sujeto activo, creador y no un “recipiente” vacío que debe ser llenado de información.
Retomando la pregunta inicial, consideramos que la educación debería ser un derecho inherente a la persona, operando como un derecho “llave” ya que su realización y goce “abríría” al conocimiento de otros derechos humanos fundamentales. Y particularmente, la educación en las cárceles debería tener como meta fundamental, además de garantizar el derecho, la contribución en la reducción de la vulnerabilidad social de estas personas que sólo tendrían que tener negado el derecho a la libertad ambulatoria por el tiempo que dure la pena.
En relación a esto, creemos que la educación se constituye en una herramienta que posibilita la emancipación y autonomía de los sujetos; dándole un lugar privilegiado a la palabra, como una forma de comunicar, socializar, reflexionar, cuestionar, liberar y posibilitadora de un encuentro con otros, teniendo en cuenta las realidades y aspiraciones de los propios sujetos.
Consideramos fundamental entender a la educación, como el lenguaje de la posibilidad, donde la praxis, reflexión y acción transformadora, ofrece oportunidades para torcer este “destino predefinido”. La acción educativa, entendida como lo plantea Argumedo, M. “…a la acción intencional de un sujeto social que se propone promover en otros sujetos sociales ciertos y determinados aprendizajes que él considera necesario para ellos. Evidentemente esta definición señala sólo un tipo de acción social y puede llenarse de contenidos diferentes según el contexto social en el que tenga lugar, las intenciones del sujeto y, en consecuencia, los aprendizajes que se proponga promover y el sentido en que los define como necesidad de los otros. En rigor se trata de actuar junto a los otros, procurando influir en ellos, en la perspectiva de modificar o mantener cierta situación social…” . Esta acción educativa llevada adelante junto a personas excluidas y criminalizadas se torna una lucha contra las desigualdades, la búsqueda de trayectorias en pos de un antidestino, de una utopía de justicia y ejercicio de derechos humanos.
Sabemos que la educación en el medio penitenciario es una realidad conflictiva porque aunque se reconoce como derecho hace falta que la institución se replantee condiciones organizativas. Es el Estado el que debe garantizar con politicas integrales el acceso a los derechos de toda la población, cumplimiento de las leyes apegadas a las declaraciones internacionales, el mejoramiento de las condiciones de detención, variedad en la oferta educativa y debe avalar el normal desarrollo de las clases diarias, etc.
En este sentido el Trabajo Social, junto a otras profesiones, a través de sus intervenciones debería lograr ir más allá del papel de “control” asignado por el sistema penitenciario, y poder estar aportando a la educación como derecho, tanto “intramuros” a partir de pequeñas acciones colectivas, como también por fuera de la cárcel participando en instancias claves de decisión política, plasmando la palabra y las necesidades de las personas privadas de la libertad quienes no pueden hacerse oír por fuera.
En el marco de esas “pequeñas acciones colectivas” , proponemos un accionar profesional que tienda a generar espacios de ejercicio de derechos del ciudadano.
Tomando a Ferreyra planteamos que el Trabajo Social puede llevar a cabo una tarea educadora, en tanto promotor de la creación de espacios generadores de conciencia critica y de ejercicio ciudadano. Este trabajo se da en el accionar cotidiano, en los diferentes y variados espacios, trabajando junto a la gente en el ejercicio de los propios derechos deberes.

Conclusión.

Para terminar tomamos un fragmento de Salinas, R. “es sencillo observar que encerrar masivamente no solo implica un ejercicio de violencia sino que además produce resultados opuestos a los buscados. Lejos de contribuir a la reducción del delito, denigra a las personas y no resuelve problema alguno. Tanto desde el punto de vista del respeto de los derechos fundamentales como desde la mirada puesta en la eficiencia de las políticas públicas, la cárcel actual resulta profundamente cuestionable”.
En este sentido nos parece relevante tener en cuenta las necesidades y problemas de las personas, realizando un abordaje desde las diferencias, ya sea de genero, sociales, étnicas y culturales, ello le aportara una perspectiva integradora e inclusiva, o sea reconocer al sujeto como un sujeto socio- histórico. Luchando junto a él en pos de que se reconozcan sus derechos, no solo a la educación sino también el derecho a la vida, a la identidad, a la salud, a la dignidad, a la igualdad y no discriminación, etc.
Esto sólo se puede lograr a través de un trabajo colectivo entre los distintos actores, sean desde las políticas sociales que se implementan, desde los distintos profesionales y los sujetos mismos que se encuentran privados de su libertad.
Para esto es fundamental tomar a la educación como un derecho de todos, y no un privilegio de algunos.
Es necesario que reconozcamos a las personas privadas de su libertad como sujetos de derecho que deben participar activamente en la sociedad que le tocó vivir. Que en esa sociedad ocupan un lugar, que si es un lugar de exclusión ello es injusto, y que esa injusticia no es natural, que puede cambiarse; pero para ese cambio son necesarias la reflexión y la acción sobre la realidad.
La imposibilidad total de ser neutros ante el mundo, ante el futuro nos coloca necesariamente ante el derecho y el deber de posicionarnos como trabajadores sociales. El deber de no callarnos. El derecho y el deber de vivir la practica profesional en coherencia con nuestra opción política.

¿Qué destino tienen los nadies, los dueños de nada, en países
donde el derecho a la propiedad se está convirtiendo en el único derecho? ¿Y los hijos de los nadies? A muchos, que son cada vez más muchos, el hambre los empuja al robo, a la mendicidad y a la prostitución; y la sociedad de consumo los insulta ofreciendo lo que niega...

Eduardo Galeano

Las características que asume la educación en contextos de encierro

AUTORA: AMANDA NIEVAS
INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo intento analizar “Las características que asume la educación en el contexto de encierro” desde la visión particular de un docente que interviene en éste ámbito, indagando acerca de sus propias concepciones sobre la educación, la cárcel y el desarrollo de su práctica concreta.
En éste sentido me propuse cómo objetivos para el desarrollo los siguientes:
1. Analizar los contenidos de los planes de estudio y el abordaje particular del docente en la escuela de la cárcel.
2. Analizar los objetivos de enseñanza del educador dentro de la cárcel.
Considero necesario para abordar el tema delineando un recorrido histórico que contemple los objetivos, finalidades y funciones del surgimiento del sistema educativo en el marco del sistema capitalista.
Desde la perspectiva analítica desarrollada, indagaré la concepción de educación con relación al funcionamiento, abordaje y oferta educativa en las cárceles.
Conforme lo expuesto por la antropóloga Liliana Sinisi (1999) la escuela, si bien no produce en forma mecánica los procesos de discriminación y desigualdad sociales, enmascara y naturaliza estos procesos en la conformación de una normalidad integradora de la diversidad cultural existente, cerrando la posibilidad de comprensión de su dinámica histórica y social.
En este sentido planteo que el tema elegido cobra real importancia al permitir estudiar como actúa la escuela en la cárcel. Cómo se traduce el derecho a la educación al ejercerse inserto en una institución cuyo origen consiste centralmente en disciplinar a los sectores que pertenecen a los estratos sociales que sufren las desigualdades propias del sistema, transformándose el derecho a la educación en uno de los mas vulnerados.
Por otra parte nos permite pensar que si bien el surgimiento de la escuela responde a una necesidad de control y disciplinamiento de la población en el desarrollo del sistema capitalista, dentro de la estructura carcelaria (que obedece a los mismos objetivos) incorpora características que pueden generar nuevas subjetividades favorables para el sujeto; dando cuenta de la dinámica de los dispositivos institucionales conforme al contexto social e histórico en el que se encuadra.
En ésta línea resulta apropiado abordar el análisis teniendo en cuenta algunos aportes de la antropología política, especialmente en lo que hace a la concepción de poder, el modo de acceder a él y de ejercerlo.

MARCO CONCEPTUAL Y ANÁLISIS

En primera instancia, considero apropiado ubicar el surgimiento del sistema educativo en el marco la sociedad capitalista.
La centralidad del Estado en la organización de las sociedades latinoamericanas desde fines del siglo XIX hasta avanzada la segunda mitad del siglo XX otorgó a la política un lugar decisivo en la definición de los criterios de integración social y en la construcción de las redes institucionales destinadas a regular, controlar y administrar la actividad social. En Argentina, el Estado nacional, desarrolló su capacidad y efectividad de control de la población y el territorio nacional.
En éste contexto, se constituye el sistema educativo que da cuenta del poder del Estado para definir los parámetros de socialización e incorporación cultural de la población. El sistema en conformación, reconoce en el Estado nacional su principal referente material para la administración, la gestión y el financiamiento de las instituciones escolares, y simbólico también para la provisión de un sentido que se pretendía universalista y que expresaba en clave nacional la “cultura civilizada” (Tiramonti, G. 2003)
En este modelo societal, el Estado es una figura clave en la construcción de un espacio de sentido para el conjunto de los individuos y de las instituciones. La escuela estuvo doblemente asociada a este espacio común: por una parte, como portadora de una propuesta universalista que expresaba al conjunto de los valores, los principios y las creencias en los que se fundamentaba la comunidad, a la que debía incorporarse a las generaciones y, por la otra, como dispositivo de regulación social y, en consecuencia, como instrumento de gobernabilidad.
La organización estado céntrica de la sociedad se correspondió con la conformación de la sociedad industrial y el entramado institucional propio de la etapa del desarrollo capitalista: la fábrica, la familia, la escuela, la clase social y las instituciones de representación política y sectorial constituyeron marcos institucionales que regulaban y contenían la existencia de individuos hasta avanzado el siglo XX. Se trataba de un complejo institucional cuya eficacia resultaba de la complementariedad de su acción y su común referencia al Estado nacional.
Las características sociales, económicas, políticas e ideológicas señaladas que dan origen al sistema educativo guardan relación con el planteo de Foucault (1999) que enmarca el surgimiento de los dispositivos institucionales cárcel y escuela como mecanismos de poder necesarios en el contexto de las sociedades disciplinarias en los siglos XIII y XIX que alcanzan su apogeo en el siglo XX.
Las sociedades disciplinarias surgen en un momento en el que se vuelve necesario encontrar un mecanismo de poder tal que al mismo tiempo que controlase las cosas y las personas hasta en sus más mínimos detalles, se ejerciera en el sentido del proceso económico. En un primer momento la tecnología de disciplina intenta controlar a los individuos, a partir de técnicas de individualización del poder que vigilan a alguien, controlan su conducta, comportamiento, aptitudes; pretenden intensificar su rendimiento, multiplicar sus capacidades, colocarlo en el lugar dónde será más útil. A través de la educación, en las escuelas empiezan a aparecer métodos disciplinarios en los que los individuos son individualizados dentro de la multiplicidad y existe un control permanente, una vigilancia constante. La tecnología individualizante del poder enfoca a los individuos hasta en sus cuerpos, en sus comportamientos; es una política que hace blanco en los individuos hasta atomizarlos.
En la segunda mitad del siglo XVIII, se desarrolla una nueva tecnología del poder, entendiendo que el mismo se ejerce sobre la población. Comienzan a aparecer nuevos problemas como el hábitat, las condiciones de vida de la ciudad, la higiene pública que deben ser regulados. Es así como el autor plantea dos grandes revoluciones en la tecnología del poder, por un lado el descubrimiento de la disciplina y por el otro el de la regulación, perfeccionamiento de una anátomo - política y perfeccionamiento de una bio – política.
En relación con la productividad del poder en el ámbito de la cárcel, el autor citado considera que a fin del siglo XVIII es cuando se hace efectiva la prisión como castigo, convirtiéndose en un sistema de reeducación de los criminales. Durante la estadía en prisión y a través de una domesticación militar y escolar, sería posible transformar al delincuente en un individuo obediente a las leyes. Se buscaba la producción de individuos obedientes.
En síntesis, por un lado la educación, por el otro la cárcel, dos dispositivos institucionales necesarios para disciplinar y controlar la sociedad en función de un proyecto político, ideológico, económico; de los intereses propios de una clase; que en el marco del sistema capitalista es la clase dominante.
En este punto resalto dos conceptos que considero fundamentales para el análisis, por un lado el de hegemonía y por el otro el de poder. Hegemonía como un cuerpo de prácticas y expectativas en relación con la totalidad de la vida; como un vívido sistema de significados y valores experimentados como prácticas que parecen confirmarse recíprocamente; un sentido de la realidad para la mayoría de la gente de una sociedad, un sentido de lo absoluto debido a la realidad experimentada mas allá de la cual la movilización de la mayoría de los miembros de la sociedad se torna sumamente difícil. Ahora bien, la hegemonía debe ser vista como un proceso, un complejo efectivo de experiencias, relaciones y actividades que tiene límites y presiones específicas y cambiantes. Sus estructuras internas son sumamente complejas, no se da de modo pasivo como una forma de dominación; debe ser continuamente renovada, recreada, definida y modificada en función de que continuamente es resistida, limitada, alterada, desafiada por presiones que de ningún modo le son propias.
En este sentido resulta apropiado el segundo concepto; el análisis del poder propuesto por Foucault (1976) en el que se distancia de la idea de poder como fenómeno de dominación masiva y homogénea de un individuo sobre los otros, de una clase sobre las otras; para concebirlo como algo que circula que funciona sólo en cadena, se ejercita a través de una organización reticular. Y en sus redes no sólo transitan los individuos, sino que además están siempre en situación de sufrir o de ejercitar ese poder, no son nunca el blanco inerte o consistente del poder ni son siempre los elementos de conexión. El poder transita transversalmente, no está quieto siempre en los individuos. El individuo es un efecto del poder, y al mismo tiempo que, o en la medida que es un efecto, el elemento de conexión. El poder circula a través del individuo que ha constituido.
Ahora bien, retomando el propósito del presente trabajo que apunta a analizar “Las características que asume la educación en contexto de encierro”, creo que éstos conceptos son los que me permiten dar cuenta de la línea de razonamiento que me propuse en su elaboración. Porque considero que si bien la escuela al igual que la cárcel son mecanismos hegemónicos de control y regulación, es posible que la educación dentro de la cárcel adquiera características que se distancien de su objetivo original. Es menester aclarar que siguiendo este razonamiento, también es posible que la educación en escuelas públicas de la calle asuma características distintas pero no es la intención del presente analizarlas.
Siguiendo con el punto de interés; es aquí donde entra en juego no sólo la dinámica del poder sino también de la sociedad que no es un ente pasivo que recibe, sino que los sujetos en muchas ocasiones ponen en tensión a los aparatos de regulación y control del Estado. Por lo tanto existe la posibilidad, en este caso del educador conjuntamente con el educando de plantear una alternativa distinta a la que obedece el origen de la educación.
Tomando como referencia a Freire (1985) la educación puede seguir el rumbo de la dominación o convertirse en una práctica de la libertad, problematizadora, en la que los educando van desarrollando su poder de captación y comprensión del mundo que, en sus relaciones con él, se les presenta no ya como una realidad estática sino como una realidad en transformación. La educación es un esfuerzo permanente a través del cual los hombres van percibiendo, críticamente, como están siendo en el mundo, en el que y con el que están.
Siguiendo esta línea, tanto el modo de concebir la educación como el modo de concebir al sistema carcelario son claves a la hora de educar en éste contexto. Es decir que entender la educación como un derecho que hace a la dignidad de las personas y se propone su desarrollo integral y considerar que la cárcel es el dispositivo moderno de castigo en el cual se purga la pena a través de la privación de la libertad y por lo tanto un ámbito terriblemente horrible y violento, son concepciones claves a la hora de darle intencionalidad al proceso formativo. Concluyentes en la elección de ser partícipe de un proceso transformador o reproductor, poniendo en evidencia que la educación es además un hecho político en tanto quien educa lo hace desde una idea de saber, una idea de hombre, una idea de currículo...
La forma de concebir al sujeto también es determinante a la hora de dar sentido al proceso formativo, puede ser entendido como un sujeto con oportunidades, posibilidades, un sujeto de derecho o como un sujeto terminado, perdido. Que concepción tiene quien educa sobre la persona con la que se encuentra implica decisiones metodológicas, sobre contenidos y contrato pedagógico. Implica formar sujetos sometidos o generar ideas de educación permanente, para toda la vida; una educación transformadora que convierta al sujeto en un sujeto crítico; educar en Derechos Humanos, educar para toda la vida.

CONCLUSION

En el inicio del presente trabajo se plantea analizar las características de la educación en contexto de encierro, marcando un interes por analizar los dispositivos cárcel y escuela como mecanismos, históricamente reconocido, de control y regulación. En éste sentido se me generan nuevos interrogantes asociados a las posibilidades que tiene el sujeto que educa de distanciarse de los objetivos explícitos e implícitos de la cárcel y de la educación el contexto carcelario. Llevando adelante una práctica que reconozca al sujeto como un sujeto de derecho y con posibilidades de construir críticamente su lugar en la sociedad. Analizando las cuestiones por las que una persona puede ser privada de la libertad y culpabilizada de situaciones que en realidad la trascienden y responden a cuestiones lógicas de la perduración y permanencia del sistema social en el que se encuentra inserto.
En éste sentido considero que es necesario profundizar el análisis sobre los diferentes dispositivos institucionales del Estado que intentan hegemónicamente controlar a la sociedad. Somos nosotros, estudiantes, trabajadores, docentes, la comunidad en su conjunto quien constituye las instituciones, el poder no es algo abstracto, el poder circula y pese a los intereses que obedece el surgimiento del sistema educativo como de otros dispositivos institucionales, debemos ser conscientes que desde la práctica concreta y diaria es posible transformarlos en función de una sociedad mas justa e igualitaria. Lejos de negar las dificultades que se presentan a la hora de llevar adelante prácticas alternativas a los parámetros establecidos por el sistema capitalista; considero que es hora de empezar a pensar verdaderas estrategias dentro de las instituciones que puedan generar practicas en pos de una sociedad mas justa.

La Educación como estrategia

Autora: Noelia Ferreira

INTRODUCCION

El tema a tratar, reflexionar y analizar será la trayectoria educativa como un medio de supervivencia, de aquí el recorte que se eligió fue el tema específico de la educación como estrategia en contextos de encierro.
El siguiente trabajo estará enmarcado en como la educación dentro de la cárcel puede llegar a ser una estrategia por parte de todas las personas que conviven allí, ya sean personal administrativo, penitenciarios/as y personas privados/as de la libertad.
En un primer momento creo oportuno aclarar que entendí la palabra estrategia como una mera negociación que podría llegar a darse como una forma de recibir beneficios. A lo largo de las clases del seminario pude analizar que las estrategias dentro del ámbito carcelario si puede llevar en si misma negociaciones, pero que no es solo eso. Con esto quiero decir que utilizando por ejemplo la educación muchas veces se requiere de estrategias, pero que no son solo negociaciones, si no que cada vez que uno interactúa con otro siempre se utiliza de alguna manera metodologías estratégicas para poder por ejemplo hacer atractiva una clase teniendo en cuenta el contexto en el cual se encuentran, como así también las personas y el mismo educador.
Teniendo en cuenta esto, no solo se utilizan estrategias dentro del ámbito carcelario, sino también en cualquier ámbito de la vida, por ende es obvio que se tomen como esenciales a la hora de llevar adelante una intervención educativa dentro de la cárcel.
Siguiendo con la inquietud de este término decidí ir al diccionario y paradójicamente afirma que:
ESTRATEGIA: Arte de dirigir las operaciones militares. Habilidad para dirigir un asunto. Sinónimo de táctica, maniobra.
A partir de aquí entonces decido tomar esta palabra no como la toma el diccionario sino como la manera en la cual la educación es utilizada, dentro de un contexto de encierro, muchas veces para poder obtener beneficios, para seguir alimentando las relaciones de poder dentro del encierro, como así también crear un lugar donde poder expresarse o solo aprender contenidos.
Vale aclarar que en el marco de este trabajo llevado específicamente a la educación en cárceles no se toman otros aspectos estratégicos que hay dentro de la cárcel como por ejemplo el trabajo.

Planteamiento del problema
Siguiendo con el tema creo que el primer problema está relacionado con la utilización que se le da a la educación, con esto quiero decir que a lo largo de las trayectorias educativas de los sujetos de sectores populares, se ve la escuela, como uno de los lugares en donde se materializa la educación, es utilizada como medio de sobrevivencia, como una forma de paliar la situación en la cual están inscriptas estas personas, en un contexto donde se vulneran muchos derechos. Entre ellos creo que aquí no se tiene en cuenta el derecho a poder acceder a una educación digna. No tenemos que caer en el análisis simplista y quedarnos solo con esto. Que las condiciones no se cumplan a la hora de hacer valer un derecho, esta relacionado al contexto en el cual se inscriben estos sujetos; es decir para que realmente la escuela lleve a cabo su labor de enseñar, es necesario que todos, por ejemplo, puedan comer todos los días, como así también tener acceso a los servicios de salud, etc.
Por otro lado creo que el otro problema, esta planteado en los parámetros de no poder ver a la educación como un derecho humano, al cual toda persona tiene derecho a acceder, si no que se toma como una negociación dentro del ámbito de la cárcel, donde las personas que allí conviven las utilizan para recibir beneficios, como una manera de empoderamiento, como así también como otras de las tantas maneras de controlar que tiene la institución de la cárcel.

Marco Teórico
Teniendo en cuenta que la mayoría de la población carcelaria ha vivido y/o vive en situación de pobreza, nos lleva a analizar que ellos/as viven de buscar estrategias para sobrevivir o llevar una mejor calidad de vida, no solo en el encierro sino también en su vida cotidiana fuera de la cárcel.
Siguiendo el texto de Margarita Rozas Pagaza “La pobreza detrás de las estadísticas”, en el capitulo III “Estrategias de sobrevivencia: diversas modalidades familiares de sobrevivir la pobreza”, hace referencia al termino estrategia como “una situación inherente al sistema capitalista frente a la desigualdad marcada entre ricos y pobres y vinculado directamente al tema del salario- ingreso familiar donde estos últimos buscan complementar el ingreso con diversas actividades, que no necesariamente generan recursos monetarios y que integran generalmente a todos los miembros de la familia o buena parte de ellos”.
Por otra parte da como características de las estrategias de sobrevivencia
- Que surgen desde la base intentando sostener la calidad de vida.
- Que ayudan a cubrir las necesidades básicas.
- Que es la mujer quien las desarrolla prioritariamente.
- Que reemplazan al Estado en su rol de satisfacción de necesidades sociales.
- Y que son formas de organización autónomas, solidarias y democráticas.

Con respecto al sistema educativo podemos observar que con la función que nació la escuela como tal que era la de “la homogeneización cultural y la civilización de los sujetos por medio de la escolaridad sistematizada.” (Scarfó francisco 2006:8 ), hoy ya ha dejado atrás dicho objetivo. Tenemos que tener en cuenta que la escolarización de los niños significó un control sobre las familias desde el Estado en conformación. A partir de aquí no había vetas en donde el Estado no interviniera. Pero con el correr del tiempo hoy el Estado ha dejado de cumplir sus funciones debido a las políticas que se implementaron con un modelo de tipo neoliberal, dejando a las instituciones, las políticas publicas y la solidez del Estado en manos la denominada globalización la cual acentúa los procesos de pobreza y marginación que provocaron que las instituciones cambien su funcionamiento, dejando atrás sus sistémica organización, la cual estaba dada como una organización de instituciones en red, donde ninguna funcionaba bien sin la otra, conformándose un modelo integral de intervención en lo social, y de vigilancia y control sobre las familias. Teniendo en cuenta el fracaso del Estado Keynesiano y debido a la debilidad que se ha tornado el Estado, que junto con sus delegados gubernamentales y representantes ciudadanos han dejado que el funcionamiento de las instituciones quede a merced de cada institución en particular, como si fueran islas. Podemos observar que las políticas publicas están claramente fragmentadas y practicar una intervención en lo social se ve degradado por la focalización de las problemáticas, dejando de lado que la realidad social en la cual se enmarca a los sujetos vulnerados de sus derechos, es compleja y debe ser tomada desde todas sus aristas para que la intervención sea realmente factible.
Vemos que una de las instituciones claramente afectada es la escuela, la que tenía una función moralizante y disciplinadora sobre el niño. Hoy la escuela es un ámbito mas para sobrevivir a la pobreza, la estrategia utilizada ronda en torno a que la institución brinda cosas materiales, como comida, útiles, ropa, etc. ,y muchas veces en los niños con alta vulnerabilidad social el ir al colegio es la seguridad de que por lo menos van a almorzar.
Por otro lado la necesidad de que la gran mayoría que conforma el grupo familiar salga a buscar recursos económicos para la subsistencia hace que los niños salgan a trabajar y por esto mismo se produce el abandono del ámbito escolar, en donde seguramente sea muy difícil retornar al sistema educativo. Por otro lado no debemos dejar de lado el tema de relaciones de genero ya que en muchos casos para la ayuda de una mejor economía en la casa si el integrante es varón es muy probable que salga a trabajar para traer dinero, pero si la integrante para colaborar es mujer se ve que su tarea es cuidar de hermanos mas pequeños, lo que también produce el abandono del sistema escolar.
Por otra parte, teniendo en cuenta que la mayoría de la población carcelaria es pobre, no tenemos que dejar de lado que seguramente la trayectoria escolar de la persona privada de su libertad sea corta o hasta inexistente.
Teniendo en cuenta esto vemos que la persona privada de la libertad ha sido sancionada por haber cometido algún ilícito, pero su sanción debe y tiene que quedar solo en la privación de deambular libremente, todos sus demás derechos tienen que ser respetados, de hecho la constitución afirma que la vida de una persona privada de la libertad debe parecerse lo mas posible a la vida de afuera del encierro.
Paradójicamente creo que si, entonces, la cárcel sigue reproduciendo lo que sucede afuera con la educación para los grupos vulnerados de la sociedad, es que se sigue utilizando la educación como estrategia para sobrellevar una mejor vida dentro de la cárcel, de hecho a la educación en estos contextos de encierro se le pone un peso extra de resocializadora, reeducadora, donde las personas por el hecho de asistir a la escuela en la cárcel van a salir mejores preparados para afrontar la realidad que le toque vivir; pero esto no es así, sabemos que si una persona es detenida, es muy factible que pueda reincidir, por que ni la cárcel le dio la contención , o como bien dice la constitución “la rehabilitación” a esta persona privada de la libertad, ni cuando recupero su libertad tuvo un apoyo por parte del estado para seguir su vida fuera de la cárcel.
Por ende creo que a la escuela dentro de la cárcel no se le deber poner ese gran peso extra, si no que la escuela tendría que cumplir ese derecho que tienen todos los ciudadanos que es el derecho a la educación, que no es pequeña cosa.
La educación para las personas privadas de la libertad, significa un poco de aire en ese encierro, es el contacto que pueden tener con el afuera, es donde salen del pabellón por un rato aunque sea y la cabeza puede pensar en otras cosas. Como afirma Scarfó Francisco el derecho a la educación y poder hacerlo efectivo es un derecho “llave”, ya que da la posibilidad a que se puedan conocer otros derechos.

CONCLUSIONES
Propuesta de soluciones a los problemas
Creo que las propuestas posibles para ser llevadas a cabo en este contexto para nada factible, estaría primero relacionada a poder hacer cumplir el derecho a la educación de las personas privadas de la libertad, como a la población en general. Creo que es esencial hacer que nuestros servidores públicos cumplan con la responsabilidad de hacer efectivo este derecho y que la población en general, en donde nos encontramos nosotros estudiantes, profesores, niños, mujeres, hombres, jóvenes privados de su libertad o no tenemos que seguir defendiendo ese derecho.
Por otro lado, pero no por esto menos importante creo que muchas de las razones por las cuales se vulnera este derecho esta relacionada a la falta de voluntad política de nuestros representantes, de la distancia que hay entre la realidad y los proyectos políticos. Que las personas privadas de la libertad, entonces tengan este derecho vulnerado y debido a como se encuentra la situación, no tendría que parecernos una cosa extraña, pero si entonces preguntarnos los que estudiamos sobre el tema y los interesados también, que proyecto de sociedad queremos par un futuro no tan lejano.
Mientras las situaciones de vulnerabilidad y desprotección social sigan aumentando, aumentaran también los detenidos, por lo tanto la violación o vulneración de los derechos básicos, entonces creo que esta en manos de todos poder seguir debatiendo y reflexionando sobre el tema, de discutir cual es la formación de profesionales e intelectuales que realmente respondan a las necesidades de nuestra sociedad.

miércoles, 29 de abril de 2009

La infancia institucionalizada, la experiencia en el hogar convivencial Remedios Escalada de San Martin"

Autora: SECHI ERICA SOLEDAD

INTRODUCCIÓN
El presente trabajo monografico, está basado en mis prácticas pre- profesionales de la cátedra de Trabajo Social IV, realizadas en el hogar "Remedios de Escalada de San Martín", ubicado en calle 12 e/ 48 y 49 de la localidad de Villa Elisa en el partido de La Plata. El mismo trabajo, se propone dar cuenta de la problemática de la infancia institucionalizada, la cual en la actualidad se encuentra atravesada por el paradigma que suscita el cambio de leyes a lo que refiere a infancia, y de cómo estas leyes, la ley de Patronato de Menores y la nueva ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, pese a ser antagónicas en algunas aspectos continúan coexistiendo y atravesando la cotidianeidad de las instituciones, de aquellos profesionales que intervienen en la mencionada problemática y fundamentalmente de la mayoría de los niños que se encuentran hoy institucionalizados (y porqué no decir que también de aquellos que ya no lo están).
A su vez intentare dar cuenta, de cómo impacta la institucionalización y todos los fenómenos que la misma encierra, en la subjetividad de los niños, en sus construcciones psíquicas, etc.

Caracterización de la institución.
El hogar depende del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, y dentro de ella de la Subsecretaría de Promoción y Protección del Derecho del niño. De esta última surgen diferentes programas en relación con la temática. Estos organismos gubernamentales denominan a este tipo de instituciones "hogares convivenciales".
El hogar cuenta con una matrícula promedio de 15 niños de 6 a 14 años de edad, todos varones; pese a esto, las edades que predominan actualmente son entre 10 y 13 años, esta población varía frecuentemente como consecuencia de las nuevas políticas de infancia, utilizando diferentes estrategias tales como traslados y externaciones (con el objetivo que regresen a sus hogares). En la actualidad se encuentran institucionalizados 14 niños.
Estos provienen de distintos lugares del interior de la provincia de Buenos Aires; tales como Trenque Lauquen, Carlos Casares, Villegas, aunque en su mayoría son del Gran Buenos Aires, como por ejemplo Florencio Varela, Quilmes, Hurlingan, Lomas de Zamora, etc.
Pese a la heterogeneidad con respecto a los lugares de origen, todos tienen como denominador común el hecho de estar institucionalizados por razones socioeconómicas que determinan a sus familias al encontrarse en situaciones de extrema pobreza.
Muchos provienen de traslados, de los cuales muchas veces se desconocen sus causas, y continúan siendo trasladados una y otra vez hasta que cumplen la mayoría de edad y son dejados a manos de su propio destino.
La política pública en la cual se enmarca es los "hogares convivenciales" _ que tienen como encuadre fundamental, en la provincia de Buenos aires, la ley 23.849 y la Convención Internacional de los Derechos del Niño, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de aspectos contenidos en la misma, que desde el ejercicio del Patronato es imposible implementar.

Quienes quedan en medio de la mencionada transición jurídica son los niños; ya que en muchos casos puede ocurrir que uno de ellos se encuentre atravesado y determinado por ambas leyes, esto se debe a que su ingreso al "mundo de la institucionalidad" ocurrió antes de ponerse en vigencia la nueva Ley; estos casos son los que se denominan "casos residuales".
Con respecto a esto considero que la implementación de esta nueva ley no sólo es muy difícil de llevar a cabo, sino también se observa una gran distancia entre lo que está escrito y lo que se hace, ya que la misma plantea que la infancia es una sola, y su protección se expresa en la exigencia de formulación de políticas básicas universales para todos los niños. El niño mas allá de su realidad económica y social es sujeto de derechos y el respeto de estos debe estar garantizado por el Estado. Frente a esta situación se presentan varios interrogantes tales como ¿Dónde están los derechos de estos chicos que quedan en medio de esta transición entre ambas leyes? y ¿Cuáles serán las estrategias a tener en cuenta para que estos "casos residuales" no queden sin respuesta?.
Sumado a esto, se presenta otra dificultad al intentar poner en marcha la nueva ley, es decir, al querer utilizarla en la intervención de casos particulares; ya que no son muchos los hogares asistenciales (tanto de la provincia de Buenos Aires como del resto del país) que se encuentran trabajando con la Ley de Protección Integral
La nueva ley no es ni más ni menos que un "marco" desde donde sacar una mejor foto de nuestra infancia, estamos viviendo un cambio histórico con una transición compleja. Pero vale recordar dos cosas centrales: 85 años de Patronato del Estado, y que el interés superior debe estar en el niño (los demás, son intereses de quienes gestionan las instituciones con sus posiciones ideológicas y sus diversas formas de ejercer el poder).
Considero relevante, útil y rico en contenido, conocer las vivencias de sujetos que siendo niños se vieron en la situación de tener que vivir gran parte de su infancia en este hogar, y tras esta experiencia, poder conocer qué cargas conceptuales y qué cargas subjetivas se imprimieron en ellos al ser interpelados por la experiencia de una infancia institucionalizada.


La problemática de la situación de calle se agravó en los últimos años por la crisis y esto ha hecho que aumente la cantidad de chicos en situación de calle. El momento exponencial fue todo el año 2001 y parte de 2002 pero después bajó considerablemente.
Los niños en situación de calle son un reflejo de la realidad económica, política y social del país. La principal causa por la que llegan a las calles en lugar de estar en la escuela y la familia está vinculada en la mayor parte de los casos, a las condiciones socioeconómicas, y en regla general, sus padres están excluidos del mercado laboral; toda esta situación repercute en los chicos, el eslabón más débil de la cadena.
Los niños en situación de calle ven vulnerados sus derechos pero paradójicamente son vistos por la sociedad -especialmente los adolescentes- como "potenciales delincuentes", y muchos de ellos terminan presos de las acciones de un Estado que, en lugar de restituir sus derechos vulnerados, los castiga por ser pobres.
Atacar las causas de este problema impone que se tenga en cuenta el derecho de los niños a vivir con sus familias y esta cuestión tiene una consecuencia práctica, simple y concreta: considerar a las familias como parte de la solución, no del problema, y ayudarlas para que ellas puedan ayudar a sus niños, indican los especialistas y organizaciones consultadas. El otro eje fundamental es la articulación de políticas públicas de educación, de desarrollo social y de salud a favor de los niños, niñas y adolescentes, como una prioridad, una tarea indelegable del Estado.
La política social tiene que ser integral y debe restituir los derechos vulnerados. Lo que queda simplemente es tener mecanismos administrativos de restitución de derechos no coercitivos. Hay que garantizar derechos desde un sistema de restitución de derechos: a la educación, a tener una familia, a la salud, a ser escuchados, a poder pensar qué quiere para su futuro, cómo quiere ser él, cómo se ve. Es un conjunto de derechos que pueden ser restituidos pero las instituciones no tienen mecanismos de protección y tampoco tienen mecanismos de restitución".


Marco referencial

Para introducirnos en la teorización de las categorías conceptuales, es necesario tener en cuenta lo siguiente con relación a "menor" y "niño":
La ley 10.903 de Patronato de Menores, más conocida como Ley Agote estaba dirigida al tratamiento de la infancia carente de familia, hogar, recursos, desamparo, en peligro moral o material. Porción caratulada en estas circunstancia bajo el rótulo de "MENORES".
Siguiendo a González_ "... el Estado define una política hacia la niñez, ese tipo de niño ahora convertido en menor, el que confiado por sus padres, tutores o guardadores a un establecimiento de beneficencia privado o público quedará bajo tutela definitiva de ese establecimiento".
El Paradigma de la Situación Irregular, sólo contemplaba a los niños, niñas y adolescentes más vulnerables, a quienes etiqueta con el término "menor" e intenta dar una solución a la situación crítica que atraviesan mediante una respuesta estrictamente judicial. Menor como objeto de abordaje del Estado y particularmente de la justicia.
En este Paradigma el menor no tenía derecho a ser oído, solo disponía de la figura del Asesor de Menor, el mismo debía responder a los "supuestos intereses del menor", como así también a la sociedad, y más aún, al Estado que es el que lo emplea.
Finalizaba el año 2000 cuando la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Ley 12.607 de Protección Integral de los Derechos del Niño y el Joven, como primer intento de romper con el viejo sistema de Patronato de Menores.
El proyecto que motiva estos fundamentos expresa los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada en nuestra constitución desde 1990 e incluida desde la Reforma Constitucional de 1994 en el art. 75 inc. 22 de ese cuerpo legal.
La sanción legislativa, algunos funcionarios y magistrados de la justicia de menores aducieron su desacuerdo con la nueva Ley de Infancia, debido a la inexistencia de un marco operativo necesario para llevar a cabo la misma. Tal motivo conjuntamente con presiones políticas e intereses corporativos impidieron su aplicación, fundamentalmente porque imponía límites al Poder Judicial, ya que a partir de aquí no podría intervenir en materia de infancia.
De esta manera la ley quedó suspendida hasta que la misma legislatura que la había aprobado, se pronunció por su suspensión.
Corría el año 2005 cuando se promulgó en nuestro país la Ley 26.061 de "Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes" dando fin a la antigua Ley de Patronato o Ley Agote que databa desde 1919.
Dicha Ley impone un marco jurídico diferente con relación a la infancia, y fundamentalmente establece un límite a la intervención del Estado. Define y regula además los nuevos fueros de Familia y de Responsabilidad Penal Juvenil (Ley 13.634), arrasando de esta forma con la faz asistencial de los antes llamados tribunales de menores.
El Paradigma de la Protección Integral, cuyo marco normativo es la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 13.298, introduce en el abordaje de la infancia al niño como sujeto de derechos, limitando así el poder punitivo del Estado y particularmente del Juez como padre de familia, función que le daba el marco normativo del Patronato.
Adquieren así importante relevancia la condición de sujeto de derecho, el derecho a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta, el respeto al pleno desarrollo personal, su edad y grado de madurez, capacidad de discernimiento (lo cual rompe con el concepto tradicional de capacidad que conceptualiza la legislación civil), su centro de vida referido al lugar en el cual transcurrieron en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia.
A diferencia del Sistema de Patronato en el que como primera medida se separaba al niño de su entorno familiar, en el Sistema de Protección, por el contrario, la familia adquiere una relevancia de tal magnitud, que las acciones y/o intervenciones deben estar dirigidas antes que nada a fortalecer esos vínculos.
Como política pública de este nuevo marco legal, surgen los hogares convivenciales, que se enmarcan dentro de la categoría clásica de instituciones totales, como las que plantea Goffman, de quien tomaremos las características que podemos visualizar en el hogar Remedios de Escalada; las mismas son:
* Todos los aspectos de la vida se desarrollan en el mismo lugar y bajo la misma autoridad.
* La actividad diaria del miembro se lleva a cabo en la compañía de un gran número de otros, a quienes se les da el mismo trato, hacen las mismas cosas juntos, etc.
* Todas las actividades diarias están programadas mediante un sistema de normas formales y un cuerpo de funcionarios.
A su vez para el autor la institucionalización puede acarrear ciertas consecuencias en el mundo del interno: "el futuro interno llega al establecimiento con una concepción de sí mismo que ciertas disposiciones sociales estables de su medio habitual hicieron posible. Apenas entra se le despoja inmediatamente del apoyo que éstas le brindan. Comienzan para él una serie de depresiones, degradaciones, humillaciones y profanaciones del yo.
El procedimiento de admisión puede caracterizarse como una despedida y un comienzo. La despedida implica el desposeimiento de toda propiedad, importante porque las personas extienden sus sentimientos del yo a las cosas que les pertenecen. La mas significativa de estas pertenencias es el propio nombre; la perdida del propio nombre puede representar una gran mutilación del yo.
Todo reglamento, orden o tarea que obliguen al individuo a adoptar movimientos o actitudes pueden mortificar su yo. Un ejemplo más difuso del mismo tipo de mortificación consiste en imponerle una rutina diaria que considera ajena, forzándolo de tal modo a asumir un papel que lo desidentifica.
El interno debe exponer hechos y sentimientos acerca de su yo ante otros tipo de público".
Ante estas situaciones el sujeto no permanece pasivo, sino que busca a través de diferentes herramientas expresar su rechazo a las condiciones que le son impuestas.
Con respecto al hogar Remedios de Escalada, y gracias al avance de las nuevas conceptualizaciones con respecto a infancia, comienzan a plantearse algunas diferencias con la tradicional categoría de instituciones totales. Estos contrastes pueden visualizarse como por ejemplo; en las puertas abiertas del hogar, en actividades que los niños realizan fuera de la institución, como por ejemplo deportes y actividades artísticas, que le permiten al niño socializar y entablar lazos con personas ajenas a la institución y en cierta flexibilización en cuanto a las actividades diarias, ya que las mismas pueden modificarse en el transcurso diario. Pero de todas formas consideramos que aún continua existiendo dentro de las instituciones actuales cierta mortificación del yo en cuanto a la transgresión en el espacio privado de los sujetos y en la exigencia del cumplimiento de ciertos roles que son ajenos al individuo.
En la actualidad existe una crisis de representatividad en tanto al poder estatal que se expresa en la incertidumbre que padecen la mayoría de las instituciones estatales. Ya que creemos firmemente que el Estado, de acuerdo a lo planteado por Lenin, es el instrumento de dominación de una clase sobre otra. En conclusión las instituciones son reproductoras de mandatos que sirven al mantenimiento del status quo, es decir al sistema capitalista en su fase imperialista actual.
Continuando con este lineamiento, es la crisis económica, social y política actual, que atraviesa al Estado, y a todas las instituciones que yacen en su seno, la que se manifiesta en la fragmentación, no-solo social, sino también institucional, y que produce que las instituciones ya no sean garantes del lazo social que hasta hace unas décadas se manifestaba, y que en la actualidad las mismas se encuentren en una suerte de islas, que solo se conectan por el sentido de incertidumbre que expresan de diferentes maneras sus miembros; quienes ante esto buscan nuevas formas de relacionarse socialmente entre sí por fuera de las instituciones tradicionales.
Generalmente estas instituciones mutadas de las tradicionales, continúan teniendo elementos que las conectan, pero muchas veces es la falta de políticas que busquen la interinstitucionalidad se interpone a que se relacionen. Un ejemplo de esto lo podemos encontrar al observar, que si bien la nueva ley de infancia privilegia el lazo familiar, existen casos en los que los niños del hogar tienen hermanos en otros hogares de la zona (incluso en el Servente, que se encuentra contiguo al Remedios de Escalada), y por motivos muchas veces desconocidos y otras inexplicables no se encuentran viviendo juntos. Creemos que esto se debe a diferentes motivos, principalmente al espacio vacío que ha quedado en el paso de una ley a la otra, y más allá que muchos profesionales hagan su máximo esfuerzo, la falta de recursos (o la falta de designación de los mismos) o la escasez de los mismos conllevan a que la nueva ley de protección integral no pueda desarrollarse plenamente en la práctica.


El plan abrigo:

El mencionado plan, plantea que un niño puede ser institucionalizado en un hogar asistencial por un lapso de treinta días, en el cual se buscará solución a la problemática que condujo a su institucionalización; en el caso que no pueda encontrarse una solución se otorgarán treinta días más de "internación", transcurridos los mismos el niño deberá regresar a su hogar. No quiero ser pesimista al plantear que es imposible una solución en sesenta días, ya que deben existir casos en los que esto es posible; pero teniendo en cuenta que la gran mayoría de niños en hogares asistenciales de todo el país se encuentran en esa situación por cuestiones de vulnerabilidad socioeconómica que atraviesan a sus familias desde hace décadas, haciéndolas entrar en la categoría de "pobres estructurales", los cuales confluyen en la actualidad con los denominados "nuevos pobres"; estas familias no cuentan con las condiciones mínimas de reproducción social, desde nuestra percepción nos parece bastante compleja la resolución de una problemática de esta índole en el mero lapso de sesenta días.
El mencionado plan se enmarca dentro de la ley 26.061 de protección integral, consideramos que la misma es un importante avance con relación a las políticas sociales que nuclean a la infancia, principalmente por que considera a los niños como sujetos de derechos y tiene como pilar fundamental el interés superior de éste. Si bien es un verdadero triunfo histórico la aprobación ésta el día 26 de Octubre de 2005, considero que es imprescindible seguir avanzando para que esta ley no exista solo de manera escrita y encuentre su concreción en la realidad cotidiana de todos los niños y sus familias, para esto, y quizás el punto más difícil que la aprobación, creemos que esta ley debe ser acompañada por verdaderas políticas sociales que se propongan revertir las situaciones de vulnerabilidad y desigualdad en los que se encuentran los sectores mas desfavorecidos del país, creando fuentes de empleo genuinas y estables, con salarios que alcancen a cubrir el costo de la canasta básica de alimentos que en el momento actual ronda los 3.500 pesos; que el presupuesto nacional sea redistribuido en las "verdaderas" necesidades del pueblo, como salud y educación, y no, como ocurre con el actual gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, continuista de las políticas de hambre y entrega del gobierno anterior, en el pago de la deuda externa fraudulenta e ilegitima y en el financiamiento y subvención de los grandes monopolios imperialistas alojados en todos los rincones productivos del país.

CONCLUSIÓN

Estando en la portada de numerosos diarios y demás medios de comunicación, situándose en boca de diferentes actores mediáticos, siendo tema de discusión en más de un espacio de reunión social; la infancia, o por que no decir las infancias representan en la actualidad un campo en disputa, ideológica, política y como siempre económica.
Por momentos parecen haber quedado en la historia aquellas emotivas frases pronunciadas acaloradamente que levantaban la bandera de los derechos de los niños, y esto es algo que hoy ocurre cotidianamente, ocurre cuando hablamos (o no) de que en la Argentina hay por lo menos 11 millones de personas bajo la línea de pobreza, que 3200 pesos es el valor de la canasta familiar, pero el 55,2% de los sueldos en blanco no llegan a los 2000, ocurre con cada niño víctima del gatillo fácil, con cada chico víctima de la represión policial como es el caso de los chicos de plaza San Martín, y ocurre con cada chico que se ve obligado a dejar la escuela para salir a trabajar, con cada uno que se vuelca a las drogas por no encontrar ninguna salida mejor.
Pero entiendo que todo esto no es una ausencia del Estado o de políticas de éste, por el contrario, estoy firmemente convencidas de que todo esto no es casual y que lo mencionado no es más, que, efectivamente una política de Estado, un plan para la juventud, un designio para la infancia de las villas, para la infancia de padres desocupados, para la infancia descalza del conurbano, en fin, para la infancia vulnerada, aquella a la que le han avasallado sus derechos y que las clases dominantes se contentan en recluir en cárceles e institutos, creando nuevas leyes que amparen estos solapados genocidios.
Efectivamente la aprobación de la ley de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes es un gran avance en materia de constitucionalidad en nuestro país, pero también entendemos que queda mucho camino por recorrer, que esta ley es buena en la medida en que no sirva de excusa para escindirse de sus obligaciones, aquellos que deben hacerse cargo de las problemáticas de la infancia y la niñez, esperemos que no siga recayendo todo el peso en la familias, en las comunidades y en profesionales que no cuentan, no por que no quieran, con los recursos necesarios para abordar las demandas con la precisión que éstas ameritan. Muchos esperamos, pero no confiamos, que a la hora de repartir el presupuesto nacional para los años venideros, sean contempladas en éste las verdaderas necesidades del pueblo, esperamos que a la hora de crear nuevas políticas sociales, las mismas contemplen las demandas de la población y que ésta participe en su creación para que sean políticas verdaderamente eficientes. No confiamos en que todo esto se cumpla gracias a la buena voluntad de funcionarios y demás, confiamos sí, en que el pueblo pueda tener una real injerencia en estas cuestiones, tomando las problemáticas, y por ende las soluciones en sus manos; entiendo que el posicionamiento político de cada profesional (y me incluyo como futura trabajadora social) a la hora de intervenir y elegir como hacerlo tiene que ser de cara a las necesidades del pueblo, del que formamos parte, por ser trabajadores asalariados y, por ende explotados de este sistema. Es necesario que entendamos al pueblo no como un agrupamiento de sujetos pasivos signados al mero movimiento de la mayoría, sino como sujetos capaces de transformar la realidad, sujetos históricos sociales, que llevan por esto siglos de lucha en sus espaldas como patria. Y ante todo recordemos que siempre estamos frente a sujetos portadores de derechos, que estos sujetos no son todos iguales (no somos todos iguales) pese a formar parte de la misma institución, pese a haber sido educados bajo el mismo modelo de aprendizaje, recordemos que siempre estamos ante una subjetividad determinada, ante una singularidad particular, una subjetividad única e irrepetible, una subjetividad determinada en su base por una cultura determinada, por un modo de producción especifico, una subjetividad que forma parte de una clase social en la historia, y por ende de una conciencia de clase determinada, que lo hace ser motor de la historia en el movimiento constante de la lucha de clases.