miércoles, 29 de abril de 2009

La infancia institucionalizada, la experiencia en el hogar convivencial Remedios Escalada de San Martin"

Autora: SECHI ERICA SOLEDAD

INTRODUCCIÓN
El presente trabajo monografico, está basado en mis prácticas pre- profesionales de la cátedra de Trabajo Social IV, realizadas en el hogar "Remedios de Escalada de San Martín", ubicado en calle 12 e/ 48 y 49 de la localidad de Villa Elisa en el partido de La Plata. El mismo trabajo, se propone dar cuenta de la problemática de la infancia institucionalizada, la cual en la actualidad se encuentra atravesada por el paradigma que suscita el cambio de leyes a lo que refiere a infancia, y de cómo estas leyes, la ley de Patronato de Menores y la nueva ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, pese a ser antagónicas en algunas aspectos continúan coexistiendo y atravesando la cotidianeidad de las instituciones, de aquellos profesionales que intervienen en la mencionada problemática y fundamentalmente de la mayoría de los niños que se encuentran hoy institucionalizados (y porqué no decir que también de aquellos que ya no lo están).
A su vez intentare dar cuenta, de cómo impacta la institucionalización y todos los fenómenos que la misma encierra, en la subjetividad de los niños, en sus construcciones psíquicas, etc.

Caracterización de la institución.
El hogar depende del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, y dentro de ella de la Subsecretaría de Promoción y Protección del Derecho del niño. De esta última surgen diferentes programas en relación con la temática. Estos organismos gubernamentales denominan a este tipo de instituciones "hogares convivenciales".
El hogar cuenta con una matrícula promedio de 15 niños de 6 a 14 años de edad, todos varones; pese a esto, las edades que predominan actualmente son entre 10 y 13 años, esta población varía frecuentemente como consecuencia de las nuevas políticas de infancia, utilizando diferentes estrategias tales como traslados y externaciones (con el objetivo que regresen a sus hogares). En la actualidad se encuentran institucionalizados 14 niños.
Estos provienen de distintos lugares del interior de la provincia de Buenos Aires; tales como Trenque Lauquen, Carlos Casares, Villegas, aunque en su mayoría son del Gran Buenos Aires, como por ejemplo Florencio Varela, Quilmes, Hurlingan, Lomas de Zamora, etc.
Pese a la heterogeneidad con respecto a los lugares de origen, todos tienen como denominador común el hecho de estar institucionalizados por razones socioeconómicas que determinan a sus familias al encontrarse en situaciones de extrema pobreza.
Muchos provienen de traslados, de los cuales muchas veces se desconocen sus causas, y continúan siendo trasladados una y otra vez hasta que cumplen la mayoría de edad y son dejados a manos de su propio destino.
La política pública en la cual se enmarca es los "hogares convivenciales" _ que tienen como encuadre fundamental, en la provincia de Buenos aires, la ley 23.849 y la Convención Internacional de los Derechos del Niño, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de aspectos contenidos en la misma, que desde el ejercicio del Patronato es imposible implementar.

Quienes quedan en medio de la mencionada transición jurídica son los niños; ya que en muchos casos puede ocurrir que uno de ellos se encuentre atravesado y determinado por ambas leyes, esto se debe a que su ingreso al "mundo de la institucionalidad" ocurrió antes de ponerse en vigencia la nueva Ley; estos casos son los que se denominan "casos residuales".
Con respecto a esto considero que la implementación de esta nueva ley no sólo es muy difícil de llevar a cabo, sino también se observa una gran distancia entre lo que está escrito y lo que se hace, ya que la misma plantea que la infancia es una sola, y su protección se expresa en la exigencia de formulación de políticas básicas universales para todos los niños. El niño mas allá de su realidad económica y social es sujeto de derechos y el respeto de estos debe estar garantizado por el Estado. Frente a esta situación se presentan varios interrogantes tales como ¿Dónde están los derechos de estos chicos que quedan en medio de esta transición entre ambas leyes? y ¿Cuáles serán las estrategias a tener en cuenta para que estos "casos residuales" no queden sin respuesta?.
Sumado a esto, se presenta otra dificultad al intentar poner en marcha la nueva ley, es decir, al querer utilizarla en la intervención de casos particulares; ya que no son muchos los hogares asistenciales (tanto de la provincia de Buenos Aires como del resto del país) que se encuentran trabajando con la Ley de Protección Integral
La nueva ley no es ni más ni menos que un "marco" desde donde sacar una mejor foto de nuestra infancia, estamos viviendo un cambio histórico con una transición compleja. Pero vale recordar dos cosas centrales: 85 años de Patronato del Estado, y que el interés superior debe estar en el niño (los demás, son intereses de quienes gestionan las instituciones con sus posiciones ideológicas y sus diversas formas de ejercer el poder).
Considero relevante, útil y rico en contenido, conocer las vivencias de sujetos que siendo niños se vieron en la situación de tener que vivir gran parte de su infancia en este hogar, y tras esta experiencia, poder conocer qué cargas conceptuales y qué cargas subjetivas se imprimieron en ellos al ser interpelados por la experiencia de una infancia institucionalizada.


La problemática de la situación de calle se agravó en los últimos años por la crisis y esto ha hecho que aumente la cantidad de chicos en situación de calle. El momento exponencial fue todo el año 2001 y parte de 2002 pero después bajó considerablemente.
Los niños en situación de calle son un reflejo de la realidad económica, política y social del país. La principal causa por la que llegan a las calles en lugar de estar en la escuela y la familia está vinculada en la mayor parte de los casos, a las condiciones socioeconómicas, y en regla general, sus padres están excluidos del mercado laboral; toda esta situación repercute en los chicos, el eslabón más débil de la cadena.
Los niños en situación de calle ven vulnerados sus derechos pero paradójicamente son vistos por la sociedad -especialmente los adolescentes- como "potenciales delincuentes", y muchos de ellos terminan presos de las acciones de un Estado que, en lugar de restituir sus derechos vulnerados, los castiga por ser pobres.
Atacar las causas de este problema impone que se tenga en cuenta el derecho de los niños a vivir con sus familias y esta cuestión tiene una consecuencia práctica, simple y concreta: considerar a las familias como parte de la solución, no del problema, y ayudarlas para que ellas puedan ayudar a sus niños, indican los especialistas y organizaciones consultadas. El otro eje fundamental es la articulación de políticas públicas de educación, de desarrollo social y de salud a favor de los niños, niñas y adolescentes, como una prioridad, una tarea indelegable del Estado.
La política social tiene que ser integral y debe restituir los derechos vulnerados. Lo que queda simplemente es tener mecanismos administrativos de restitución de derechos no coercitivos. Hay que garantizar derechos desde un sistema de restitución de derechos: a la educación, a tener una familia, a la salud, a ser escuchados, a poder pensar qué quiere para su futuro, cómo quiere ser él, cómo se ve. Es un conjunto de derechos que pueden ser restituidos pero las instituciones no tienen mecanismos de protección y tampoco tienen mecanismos de restitución".


Marco referencial

Para introducirnos en la teorización de las categorías conceptuales, es necesario tener en cuenta lo siguiente con relación a "menor" y "niño":
La ley 10.903 de Patronato de Menores, más conocida como Ley Agote estaba dirigida al tratamiento de la infancia carente de familia, hogar, recursos, desamparo, en peligro moral o material. Porción caratulada en estas circunstancia bajo el rótulo de "MENORES".
Siguiendo a González_ "... el Estado define una política hacia la niñez, ese tipo de niño ahora convertido en menor, el que confiado por sus padres, tutores o guardadores a un establecimiento de beneficencia privado o público quedará bajo tutela definitiva de ese establecimiento".
El Paradigma de la Situación Irregular, sólo contemplaba a los niños, niñas y adolescentes más vulnerables, a quienes etiqueta con el término "menor" e intenta dar una solución a la situación crítica que atraviesan mediante una respuesta estrictamente judicial. Menor como objeto de abordaje del Estado y particularmente de la justicia.
En este Paradigma el menor no tenía derecho a ser oído, solo disponía de la figura del Asesor de Menor, el mismo debía responder a los "supuestos intereses del menor", como así también a la sociedad, y más aún, al Estado que es el que lo emplea.
Finalizaba el año 2000 cuando la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Ley 12.607 de Protección Integral de los Derechos del Niño y el Joven, como primer intento de romper con el viejo sistema de Patronato de Menores.
El proyecto que motiva estos fundamentos expresa los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada en nuestra constitución desde 1990 e incluida desde la Reforma Constitucional de 1994 en el art. 75 inc. 22 de ese cuerpo legal.
La sanción legislativa, algunos funcionarios y magistrados de la justicia de menores aducieron su desacuerdo con la nueva Ley de Infancia, debido a la inexistencia de un marco operativo necesario para llevar a cabo la misma. Tal motivo conjuntamente con presiones políticas e intereses corporativos impidieron su aplicación, fundamentalmente porque imponía límites al Poder Judicial, ya que a partir de aquí no podría intervenir en materia de infancia.
De esta manera la ley quedó suspendida hasta que la misma legislatura que la había aprobado, se pronunció por su suspensión.
Corría el año 2005 cuando se promulgó en nuestro país la Ley 26.061 de "Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes" dando fin a la antigua Ley de Patronato o Ley Agote que databa desde 1919.
Dicha Ley impone un marco jurídico diferente con relación a la infancia, y fundamentalmente establece un límite a la intervención del Estado. Define y regula además los nuevos fueros de Familia y de Responsabilidad Penal Juvenil (Ley 13.634), arrasando de esta forma con la faz asistencial de los antes llamados tribunales de menores.
El Paradigma de la Protección Integral, cuyo marco normativo es la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 13.298, introduce en el abordaje de la infancia al niño como sujeto de derechos, limitando así el poder punitivo del Estado y particularmente del Juez como padre de familia, función que le daba el marco normativo del Patronato.
Adquieren así importante relevancia la condición de sujeto de derecho, el derecho a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta, el respeto al pleno desarrollo personal, su edad y grado de madurez, capacidad de discernimiento (lo cual rompe con el concepto tradicional de capacidad que conceptualiza la legislación civil), su centro de vida referido al lugar en el cual transcurrieron en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia.
A diferencia del Sistema de Patronato en el que como primera medida se separaba al niño de su entorno familiar, en el Sistema de Protección, por el contrario, la familia adquiere una relevancia de tal magnitud, que las acciones y/o intervenciones deben estar dirigidas antes que nada a fortalecer esos vínculos.
Como política pública de este nuevo marco legal, surgen los hogares convivenciales, que se enmarcan dentro de la categoría clásica de instituciones totales, como las que plantea Goffman, de quien tomaremos las características que podemos visualizar en el hogar Remedios de Escalada; las mismas son:
* Todos los aspectos de la vida se desarrollan en el mismo lugar y bajo la misma autoridad.
* La actividad diaria del miembro se lleva a cabo en la compañía de un gran número de otros, a quienes se les da el mismo trato, hacen las mismas cosas juntos, etc.
* Todas las actividades diarias están programadas mediante un sistema de normas formales y un cuerpo de funcionarios.
A su vez para el autor la institucionalización puede acarrear ciertas consecuencias en el mundo del interno: "el futuro interno llega al establecimiento con una concepción de sí mismo que ciertas disposiciones sociales estables de su medio habitual hicieron posible. Apenas entra se le despoja inmediatamente del apoyo que éstas le brindan. Comienzan para él una serie de depresiones, degradaciones, humillaciones y profanaciones del yo.
El procedimiento de admisión puede caracterizarse como una despedida y un comienzo. La despedida implica el desposeimiento de toda propiedad, importante porque las personas extienden sus sentimientos del yo a las cosas que les pertenecen. La mas significativa de estas pertenencias es el propio nombre; la perdida del propio nombre puede representar una gran mutilación del yo.
Todo reglamento, orden o tarea que obliguen al individuo a adoptar movimientos o actitudes pueden mortificar su yo. Un ejemplo más difuso del mismo tipo de mortificación consiste en imponerle una rutina diaria que considera ajena, forzándolo de tal modo a asumir un papel que lo desidentifica.
El interno debe exponer hechos y sentimientos acerca de su yo ante otros tipo de público".
Ante estas situaciones el sujeto no permanece pasivo, sino que busca a través de diferentes herramientas expresar su rechazo a las condiciones que le son impuestas.
Con respecto al hogar Remedios de Escalada, y gracias al avance de las nuevas conceptualizaciones con respecto a infancia, comienzan a plantearse algunas diferencias con la tradicional categoría de instituciones totales. Estos contrastes pueden visualizarse como por ejemplo; en las puertas abiertas del hogar, en actividades que los niños realizan fuera de la institución, como por ejemplo deportes y actividades artísticas, que le permiten al niño socializar y entablar lazos con personas ajenas a la institución y en cierta flexibilización en cuanto a las actividades diarias, ya que las mismas pueden modificarse en el transcurso diario. Pero de todas formas consideramos que aún continua existiendo dentro de las instituciones actuales cierta mortificación del yo en cuanto a la transgresión en el espacio privado de los sujetos y en la exigencia del cumplimiento de ciertos roles que son ajenos al individuo.
En la actualidad existe una crisis de representatividad en tanto al poder estatal que se expresa en la incertidumbre que padecen la mayoría de las instituciones estatales. Ya que creemos firmemente que el Estado, de acuerdo a lo planteado por Lenin, es el instrumento de dominación de una clase sobre otra. En conclusión las instituciones son reproductoras de mandatos que sirven al mantenimiento del status quo, es decir al sistema capitalista en su fase imperialista actual.
Continuando con este lineamiento, es la crisis económica, social y política actual, que atraviesa al Estado, y a todas las instituciones que yacen en su seno, la que se manifiesta en la fragmentación, no-solo social, sino también institucional, y que produce que las instituciones ya no sean garantes del lazo social que hasta hace unas décadas se manifestaba, y que en la actualidad las mismas se encuentren en una suerte de islas, que solo se conectan por el sentido de incertidumbre que expresan de diferentes maneras sus miembros; quienes ante esto buscan nuevas formas de relacionarse socialmente entre sí por fuera de las instituciones tradicionales.
Generalmente estas instituciones mutadas de las tradicionales, continúan teniendo elementos que las conectan, pero muchas veces es la falta de políticas que busquen la interinstitucionalidad se interpone a que se relacionen. Un ejemplo de esto lo podemos encontrar al observar, que si bien la nueva ley de infancia privilegia el lazo familiar, existen casos en los que los niños del hogar tienen hermanos en otros hogares de la zona (incluso en el Servente, que se encuentra contiguo al Remedios de Escalada), y por motivos muchas veces desconocidos y otras inexplicables no se encuentran viviendo juntos. Creemos que esto se debe a diferentes motivos, principalmente al espacio vacío que ha quedado en el paso de una ley a la otra, y más allá que muchos profesionales hagan su máximo esfuerzo, la falta de recursos (o la falta de designación de los mismos) o la escasez de los mismos conllevan a que la nueva ley de protección integral no pueda desarrollarse plenamente en la práctica.


El plan abrigo:

El mencionado plan, plantea que un niño puede ser institucionalizado en un hogar asistencial por un lapso de treinta días, en el cual se buscará solución a la problemática que condujo a su institucionalización; en el caso que no pueda encontrarse una solución se otorgarán treinta días más de "internación", transcurridos los mismos el niño deberá regresar a su hogar. No quiero ser pesimista al plantear que es imposible una solución en sesenta días, ya que deben existir casos en los que esto es posible; pero teniendo en cuenta que la gran mayoría de niños en hogares asistenciales de todo el país se encuentran en esa situación por cuestiones de vulnerabilidad socioeconómica que atraviesan a sus familias desde hace décadas, haciéndolas entrar en la categoría de "pobres estructurales", los cuales confluyen en la actualidad con los denominados "nuevos pobres"; estas familias no cuentan con las condiciones mínimas de reproducción social, desde nuestra percepción nos parece bastante compleja la resolución de una problemática de esta índole en el mero lapso de sesenta días.
El mencionado plan se enmarca dentro de la ley 26.061 de protección integral, consideramos que la misma es un importante avance con relación a las políticas sociales que nuclean a la infancia, principalmente por que considera a los niños como sujetos de derechos y tiene como pilar fundamental el interés superior de éste. Si bien es un verdadero triunfo histórico la aprobación ésta el día 26 de Octubre de 2005, considero que es imprescindible seguir avanzando para que esta ley no exista solo de manera escrita y encuentre su concreción en la realidad cotidiana de todos los niños y sus familias, para esto, y quizás el punto más difícil que la aprobación, creemos que esta ley debe ser acompañada por verdaderas políticas sociales que se propongan revertir las situaciones de vulnerabilidad y desigualdad en los que se encuentran los sectores mas desfavorecidos del país, creando fuentes de empleo genuinas y estables, con salarios que alcancen a cubrir el costo de la canasta básica de alimentos que en el momento actual ronda los 3.500 pesos; que el presupuesto nacional sea redistribuido en las "verdaderas" necesidades del pueblo, como salud y educación, y no, como ocurre con el actual gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, continuista de las políticas de hambre y entrega del gobierno anterior, en el pago de la deuda externa fraudulenta e ilegitima y en el financiamiento y subvención de los grandes monopolios imperialistas alojados en todos los rincones productivos del país.

CONCLUSIÓN

Estando en la portada de numerosos diarios y demás medios de comunicación, situándose en boca de diferentes actores mediáticos, siendo tema de discusión en más de un espacio de reunión social; la infancia, o por que no decir las infancias representan en la actualidad un campo en disputa, ideológica, política y como siempre económica.
Por momentos parecen haber quedado en la historia aquellas emotivas frases pronunciadas acaloradamente que levantaban la bandera de los derechos de los niños, y esto es algo que hoy ocurre cotidianamente, ocurre cuando hablamos (o no) de que en la Argentina hay por lo menos 11 millones de personas bajo la línea de pobreza, que 3200 pesos es el valor de la canasta familiar, pero el 55,2% de los sueldos en blanco no llegan a los 2000, ocurre con cada niño víctima del gatillo fácil, con cada chico víctima de la represión policial como es el caso de los chicos de plaza San Martín, y ocurre con cada chico que se ve obligado a dejar la escuela para salir a trabajar, con cada uno que se vuelca a las drogas por no encontrar ninguna salida mejor.
Pero entiendo que todo esto no es una ausencia del Estado o de políticas de éste, por el contrario, estoy firmemente convencidas de que todo esto no es casual y que lo mencionado no es más, que, efectivamente una política de Estado, un plan para la juventud, un designio para la infancia de las villas, para la infancia de padres desocupados, para la infancia descalza del conurbano, en fin, para la infancia vulnerada, aquella a la que le han avasallado sus derechos y que las clases dominantes se contentan en recluir en cárceles e institutos, creando nuevas leyes que amparen estos solapados genocidios.
Efectivamente la aprobación de la ley de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes es un gran avance en materia de constitucionalidad en nuestro país, pero también entendemos que queda mucho camino por recorrer, que esta ley es buena en la medida en que no sirva de excusa para escindirse de sus obligaciones, aquellos que deben hacerse cargo de las problemáticas de la infancia y la niñez, esperemos que no siga recayendo todo el peso en la familias, en las comunidades y en profesionales que no cuentan, no por que no quieran, con los recursos necesarios para abordar las demandas con la precisión que éstas ameritan. Muchos esperamos, pero no confiamos, que a la hora de repartir el presupuesto nacional para los años venideros, sean contempladas en éste las verdaderas necesidades del pueblo, esperamos que a la hora de crear nuevas políticas sociales, las mismas contemplen las demandas de la población y que ésta participe en su creación para que sean políticas verdaderamente eficientes. No confiamos en que todo esto se cumpla gracias a la buena voluntad de funcionarios y demás, confiamos sí, en que el pueblo pueda tener una real injerencia en estas cuestiones, tomando las problemáticas, y por ende las soluciones en sus manos; entiendo que el posicionamiento político de cada profesional (y me incluyo como futura trabajadora social) a la hora de intervenir y elegir como hacerlo tiene que ser de cara a las necesidades del pueblo, del que formamos parte, por ser trabajadores asalariados y, por ende explotados de este sistema. Es necesario que entendamos al pueblo no como un agrupamiento de sujetos pasivos signados al mero movimiento de la mayoría, sino como sujetos capaces de transformar la realidad, sujetos históricos sociales, que llevan por esto siglos de lucha en sus espaldas como patria. Y ante todo recordemos que siempre estamos frente a sujetos portadores de derechos, que estos sujetos no son todos iguales (no somos todos iguales) pese a formar parte de la misma institución, pese a haber sido educados bajo el mismo modelo de aprendizaje, recordemos que siempre estamos ante una subjetividad determinada, ante una singularidad particular, una subjetividad única e irrepetible, una subjetividad determinada en su base por una cultura determinada, por un modo de producción especifico, una subjetividad que forma parte de una clase social en la historia, y por ende de una conciencia de clase determinada, que lo hace ser motor de la historia en el movimiento constante de la lucha de clases.

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